La Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl) prohibió la comercialización en todo el territorio santafesino y dispuso el decomiso del producto Salame y Fiambres Tipo “Chacra”, conteniendo en su interior “Salame Seco”, marca “Daniele Distribuciones” de la localidad de Brinkmann (Córdoba), por no cumplir con la legislación alimentaria vigente.

Sobre la decisión el director  provincial de la ASSAl, Raúl Samitier, precisó que “el Protocolo de Análisis Nº 16636 de la Agencia  concluyó que el producto referido no cumple con la Legislación Alimentaria Vigente en razón de que tanto el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) son inexistentes”.

Desde el organismo recordaron que la falta “de RNE y RNPA no garantiza la trazabilidad y seguridad del alimento mencionado”, todo lo cual “configura una infracción a lo establecido en el artículo 155 del Código Alimentario Argentino (CAA)”.

La medida se fundamentó también, en que desde la ASSAL “se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos”, de modo de “prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población.

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