La Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal) prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de la Pulpa para Helados Arándanos “Chico B”, el Aceite 100% Girasol y Jugo de Limón, ambas marca “San Bernardino” y el Edulcorante Dietético de Mesa “Beldiet”, mientras que el Tomate Triturado lo fue en el territorio provincial.

En el caso del alimento mencionado en primer término y con elaboración en Coronda, se informó que el “Protocolo de Análisis Nº 13517 de la Assal concluyó que el producto no cumple con la Legislación Alimentaria Vigente con motivo que el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) se encuentra dado de baja en el organismo desde el 23/11/12 y que “la falta del mismo vigente no permite la trazabilidad y seguridad de dicho alimento”

A su vez, el director provincial del organismo, Raúl Samitier, explicó que “por medio del Acta Multifunción Nº 9102 se intervinieron productos alimenticios elaborados en Villa Gobernador Gálvez, en cuyos rótulos se indica Aceite 100% Girasol, con Registro Nacional de Establecimiento (RNE), Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), Lote 20061433, Jugo de Limón, con RNE y RNPA en trámite, ambos de la marca San Bernardino y el Edulcorante Dietético de Mesa, con RNE y RNPA en trámite, de la marca Beldiet, Condimentos SRL, Bv. San Diego Nº 281, de Villa Gobernador Gálvez, provincia de Santa Fe”

Por medio de la citada acta, según señaló el funcionario, “se tomaron muestras del Tomate Triturado “San Bernardino”, elaborado y envasado por IRNE Nº 13006046/DI485 y IRNPE Nº 13006046/DI485 y IRNPE Nº 025-13037253 y comercializado por el establecimiento mencionado)”

En particular, informó que “el producto alimenticio Aceite 100% Girasol, es elaborado por el RNE Nº 21-098318, RNPA Nº 21-040955 y no se encuentra registrado bajo la marca “San Bernardino” mientras que el Jugo de Limón y el Edulcorante Dietético de Mesa al momento de la intervención no se encontraban inscriptos en el RNPA que otorga esta Agencia”

Además, prosiguió el director de la Assal, “los registros IRNE Nº 025-13037253, IRNPE Nº 13006046/DI485 (siglas impresas erroneamente en el rótulo), corresponderían a la jurisdicción provincial de Mendoza y la autoridad sanitaria de esa jurisdicción informó que el IRNE aludido corresponde a la razón social Francisco Moreno e Hijos SA y el IRNPE al producto Tomate Triturado, “Don Francisco”, aunque el establecimiento citado no elabora para Condimentos SRL”

Desde la agencia santafesina se recordó que la falta de inscripción de los productos alimenticios en el RNPA como, asimismo, la falta de autorización de elaboración para un tercero, no garantiza la trazabilidad y seguridad de los productos alimenticios citados , configurando todo lo expresado una infracción a lo establecido en el artículo 155 y en el Capítulo V del Código Alimentario Argentino (CAA).

Asimismo, se precisó que se debe “garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos”, remarcando en los fundamentos de la medida que “se deben prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”.

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