El gobierno provincial, a través del decreto 1963, determinó como autoridad de aplicación de la ley Provincial N° 13.383, que prohíbe en todas las dependencias oficiales la práctica del sacrificio y la eutanasia de perros y gatos como método de control poblacional, al Ministerio de Salud santafesino.

La norma que regula el equilibrio poblacional de perros y gatos, también «prohíbe todos los actos que impliquen malos tratos o crueldad hacia los animales», de acuerdo con lo establecido en la ley Nacional N° 14.346.

La ley provincial –ya vigente y operativa–, además «establece la práctica de esterilización quirúrgica, como único método prioritario para el control de crecimiento poblacional entre perros y gatos» y declara obligatoria en la provincia «la vacunación, tratamiento antiparasitario y aplicación de todos los métodos preventivos contra todo tipo de zoonosis».

Esta norma también precisa que «la prohibición alcanza a todo acto que por acción u omisión, implique la práctica del sacrificio y de la eutanasia de perros y gatos como método de control poblacional, por parte del Estado en cualquiera de sus niveles, ya sea en forma directa o indirecta en los casos de tercerización de actividades estatales»

Además, la ley indica que «deben promoverse programas educativos y el desarrollo controlado y sanitario de la población animal, en una concepción de respeto por la vida, para armonizar su relación con el hombre».

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