El ministro de Economía, Ángel José Sciara, brindó hoy detalles del proyecto de ley para ampliar el monto de los instrumentos de financiamiento a corto plazo, por hasta 2.000 millones de pesos, que el Ejecutivo enviará mañana a la Legislatura provincial para su tratamiento.

Sciara explicó los lineamientos del proyecto en el marco de una conferencia de prensa realizada en salón Auditorio de la Casa de Gobierno en la capital provincial, acompañado de los secretarios de Hacienda, Carlos Fernández, y de Finanzas, Gonzalo Saglione.

El presupuesto para el Ejercicio 2015 (ley nro. 13.463) contemplaba la utilización de instrumentos de financiamiento de corto plazo (cheques de pago diferido, emisión de letras u otros medios sucedáneos de pago, con vencimiento dentro del mismo ejercicio) por un monto de hasta 400 millones de pesos.

Entre los motivos que impulsan el pedido, Sciara mencionó “el alto ritmo en la ejecución de la obra pública en el primer semestre de 2015, para lo que fue necesario afectar otras partidas cuya atención resulta indispensable. Además, se refirió al déficit de la Caja de Jubilaciones, al que hace frente la provincia mes a mes”. Por otra parte, el ministro advirtió que “el impacto de las paritarias sobre la masa salarial tiene también una gran incidencia en este ejercicio, dado que, como es habitual, no están presupuestadas previamente».

La ejecución de los gastos de capital en estos seis meses demandó una inversión del orden de los 1.700 millones de pesos por sobre el nivel alcanzado en 2014 para igual período de tiempo, y más de 800 millones de lo presupuestado para esos meses de 2015”, precisó el titular de la cartera económica.

Con respecto a la particularidad de esta presentación, Sciara precisó que “si bien son instrumentos de corto plazo, y por lo general este tipo de instrumentos tienen que ser cancelados durante el ejercicio, en este caso, como estamos a final de año y podemos estar emitiendo instrumentos de corto plazo en diciembre, al pasar al 1 de enero (cambio de ejercicio), formalmente en términos de la ley –aunque no en términos sustantivos–, pasan a formar parte del crédito público”.

INSTRUMENTOS A CORTO PLAZO

Entre los considerandos del proyecto, el Ejecutivo sostiene que “la instrumentación de operaciones de financiamiento de corto plazo cuyo vencimiento supere el cierre del ejercicio resulta ser un mecanismo aconsejable para morigerar los cambios en los ciclos financieros de corto plazo. En tal sentido, y atendiendo a las definiciones del artículo 60° de la Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado (ley N° 12.510), dichas operaciones constituyen crédito público por lo que resulta necesario la sanción de una ley específica que a tal fin las autorice”.

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