La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial. Alcanza a las industrias con un consumo igual o superior a los 300 kW y que cumplan con ciertas condiciones que se encuentran estipuladas en la resolución.

El ministro de Gobierno y Reforma del Estado, Pablo Farías, junto con la secretaria de Estado de la Energía, Verónica Geese, brindaron este martes una conferencia de prensa para informar sobre la medida adoptada por la Nación que beneficia con descuentos de hasta el 20% a industrias electrointensivas con un consumo energético igual o superior a 300kW.

Farías destacó que esto sucede luego de “un pedido que ya se hizo hace varios meses sobre atenuantes al aumento de tarifas”, en gestiones realizadas “por la secretaria Geese y el gobernador ante distintos funcionarios del gobierno nacional”.

“Seguimos afirmando que el retiro abrupto de los subsidios en las tarifas del servicio público ha causado un desfasaje muy importante a los consumidores particulares y obviamente a la producción y al comercio. Por lo tanto merecía que considere una graduación en el tiempo que para nosotros hubiera sido adecuado considerarla en varios períodos presupuestarios”, indicó.

“Ahora se da a conocer esta resolución que es una respuesta parcial a los reclamos que realizó la provincia y que si bien no satisface del todo el pedido que le hicimos, es una medida que sirve para amortiguar el impacto que tiene el retiro de los subsidios y que está causando graves problemas a la población”.

Farías reconoció por último que “esperamos que en las próximas horas y con la intervención de la Justicia haya una respuesta más abarcativa en este sentido, puesto que es sólo una parte de lo que le pedimos a la Nación”.

“ALCANZARÍA A UNAS 70 INDUSTRIAS SANTAFESINAS”
La secretaria de Estado de la Energía, Verónica Geese, dijo por su parte que “si bien la resolución es escueta explica detalladamente cómo se realizarán los descuentos”, y que “alcanzaría a unas 70 industrias santafesinas que son grandes usuarios de la EPE o que se abastecen a través de cooperativas eléctricas”.

Geese señaló que “no conocemos aun cuáles son esas empresas porque es Cammesa (la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico), la encargada de darle esa información a la Empresa Provincial de la Energía y aplicar estos descuentos”, pero añadió que “de todas formas, cuando lleguen los listados y veamos que no están presentes actividades que creemos deberían estar, iremos a reclamar por ellas”.

LA RESOLUCIÓN
De acuerdo a la resolución conjunta Nº 122  y 312 de los ministerios de Energía y Minería de la Nación y de la Producción, se fija un precio de referencia especial para el consumo de industrias por un lapso de 8 meses.

La medida abarca a las industrias con demandas de potencia iguales o superiores a 300 kW y que cumplan con ciertas condiciones estipuladas en el Anexo I de la Resolución conjunta Nº 122 y Nº 312.
Las mismas recibirán un descuento de hasta el 20% sobre los Precios Estacionales de Referencia de la Energía en el Mercado Mayorista hasta el límite de consumo de 10.000 MWh; pudiendo estar categorizadas como Grandes Usuarios Mayores (GUMA), Grandes Usuarios Menores (GUME) o Grandes Usuarios Particulares (GUPA).

Los descuentos se aplicarán en forma escalonada: para los primeros 3.000 MWh será del 20% sobre el precio de mercado vigente, para los siguientes 3.000 MWh el 10% y para los últimos 4.000 MWh, el descuento será del 5%.

Los beneficios se aplicarán a los consumos que correspondan a partir del 1 de junio de 2016 inclusive y se extenderán hasta la puesta en vigencia de los Precios Estacionales correspondiente al período Febrero – Abril de 2017.

Las industrias beneficiadas son las que hacen un uso intensivo de la energía eléctrica. Incluye a fábricas de hilados y tejidos, de productos minerales no metálicos, madera y corcho, fundición de metales, fabricación de vidrio y productos de plástico, entre otras.
La resolución lleva la firma de los ministros de Energía y Minería, Juan José Aranguren; y de la Producción, Francisco Adolfo Cabrera.

ANEXO I  
En el Anexo I de la Resolución Nº 122 y 312 se especifica cuáles serán los beneficiarios de acuerdo a su actividad.
>>Fabricación de hilados y tejidos, acabado de productos textiles
>>Fabricación de productos minerales no metálicos n.c.p.
>>Fabricación de productos de madera, corcho, paja y materiales trenzables
>>Fundición de metales
>>Fabricación de sustancias químicas básicas
>>Industrias básicas de hierro y acero
>>Aserrado y cepillado de madera
>>Fabricación de vidrio y productos de vidrio
>>Fabricación de papel y de productos de papel
>>Fabricación de productos de plástico.

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