El senador Felipe Michlig (Pte. del Bloque FPCyS), fundamento el Pedido de Informes -aprobado por unanimidad en la sesión de la fecha-, para que se dictamine sobre la procedencia de que la Provincia de Santa Fe pueda derogar la Ley Provincial N° 12.402, por la cual se adhiere al Régimen de Responsabilidad Fiscal establecido por la Ley Nacional N° 25.917, ante la demora del Gobierno Nacional para autorizar la emisión de deuda pública para obras de infraestructura.

 

El Proyecto aprobado por la Cámara Alta solicita al Poder Ejecutivo que, por intermedio del organismo que corresponda, informe en carácter de urgente, sobre los siguientes puntos:

1.- Cuales serían las consecuencias de proceder a derogar la Ley Provincial N° 12.402 por la cual se procediera a la adhesión al Régimen de Responsabilidad Fiscal establecido por la Ley Nacional N° 25.917.

2.- Si, en el supuesto de derogación indicado el en punto anterior, subsisten reglas fiscales y de deuda en la normativa provincial que puedan desempeñar similar función a la prevista en la Ley N° 25.917.

3.- Si es posible proceder a la emisión de deuda de acuerdo a lo autorizado por la Ley 13.543 una vez derogada la Ley N° 12.402.

 

Fundamentos brindados por el miembro informante

 

En tal sentido el senador Michlig, en calidad de miembro informante, fundamentó el Proyecto firmado por los senadores del bloque del FPCyS (Felipe Michlig, Rodrigo Borla, Orfilio Marcón, Emilio Jatón y Miguel Ángel Cappiello), sumado los senadores del bloque FPCyS Sur (Lisandro Enrico, Hugo Rasetto y Germán Giacomino) sosteniendo que “cuando el Congreso Nacional sancionó la Ley N° 25.917 mediante la cual se establecieron reglas fiscales y de deuda, invitando a las Provincias a adherirse; el espíritu de dicha iniciativa consistía en establecer reglas fiscales y de deuda que no existían a nivel nacional y en determinados espacios subnacionales, intentando homogeneizar las reglas en todo el espacio institucional del país y establecer un marco de aplicación de tales reglas a través de un «árbitro» federal”. Asimismo, tales reglas implicaban un sistema claro de inducción de desempeños fiscales y de deudas deseables en términos de responsabilidad y sustentabilidad”.

 

“Fue en tal sentido que la Provincia de Santa Fe adhirió al régimen mediante la sanción de la Ley N° 12.402, recordando que la misma no fue una adhesión incondicional sino que encuentra como límite «el cercenamiento o disminución de las potestades o prerrogativas contempladas en la Constitución Provincial» (Art. 5 Ley N° 12.402)”. Por otra parte vale recordar que nuestra provincia tiene sancionada la Ley de Administración Eficiencia y Control N° 12.510 ha sido un avance en tal sentido”.

 

Se ha desvirtuado el Objetivo de la Ley Nacional N° 25.917

 

En su explicación Michlig agregó que “se ha desvirtuado el objetivo antes reseñado. Mientras la Provincia de Santa Fe viene cumpliendo con tales reglas, en los hechos no ha recibido un trato que refleje el cumplimiento demostrado. En numerosas circunstancias, ante oportunidades muy convenientes de acceder a recursos mediante uso del crédito público, no ha tenido la autorización del Gobierno Nacional en el marco de la Ley N° 25.917, pese a estar -objetivamente-, cumpliendo con las reglas. Tales circunstancias se han repetido en varias oportunidades durante las gestiones anteriores del gobierno nacional. No obstante, a la luz de la situación observada con nuevos trámites realizados para la emisión de títulos en el marco de lo autorizado por esta legislatura mediante Ley N° 13.543, puede observarse que tal conducta por parte del Gobierno Nacional podría reiterarse”.

 

Inconveniencia que se autorice emisión de deuda por montos menores

También Michlig se refirió a los inconvenientes que podría suscitar que el Gobierno Nacional autorice emisión de deuda por montos menores ya que “los inversores internacionales prefieren títulos que posean una alta liquidez, atento a que rehúyen ante instrumentos que puedan significar cierto nivel de inmovilización. Los 500 millones de dólares representan una suerte de piso que separa las emisiones de títulos de mayor liquidez de las que tienen menor liquidez.


“En un contexto donde el Gobierno Nacional viene autorizando a todas las provincias que lo solicitaron los montos que pidieron (Buenos Aires, CABA, Córdoba, Mendoza, Salta, Chaco, Chubut), una reducción en la autorización a Santa Fe podría ser percibido por los inversores de una forma negativa y los costos de tal percepción serán soportados por el Estado Provincial. En un año donde el Gobierno Nacional le autorizó a Chaco, Salta, Provincia de Buenos Aires los montos que pedían, sería un absurdo que ese recorte lo sufra Santa Fe que es, precisamente, la provincia con menor nivel de endeudamiento.

Buenos Aires pudo emitir títulos sin requerir autorización

“Se ha observado como algunas jurisdicciones han recorrido el camino inverso a la adhesión a la ley Nacional N° 25.917. Tal es el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo cual, en los hechos le ha implicado importantes beneficios. A título de ejemplo, en el presente año la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pudo emitir títulos en los mercados financieros internacionales sin requerir autorización alguna al Gobierno Nacional”.

 

“Otro dato sustancial que marca esta injustificada discrecionalidad, (que aguardamos se pueda subsanar rápidamente, para el bien de todo los santafesinos) es que la emisión de deuda que pretende hacer nuestro Gobierno, es pura y exclusivamente para obras de infraestructura, muchas de ellas proyectadas y anheladas desde hace mucho tiempo, en los 19 departamentos, contrariamente a otras provincias que vienen contrayendo deuda para gastos corrientes, en muchos casos para financiar rojos financieros, todo lo contrario a la Provincia de Santa Fe”, dijó el legislador.

 

A manera de síntesis

El Senador Michlig finalizó su oratoria expresando que “de lo expuesto precedentemente se puede sintetizar:

1) Que la Provincia de Santa Fe se encuentra cumpliendo con las reglas establecidas en la Ley N° 25.917.

2) Que el cumplimiento con las reglas establecidas en la citada ley nacional por parte de la Provincia no encuentra en los hechos, al presente, los beneficios correlativos.

3) Que, asimismo, la normativa provincial -especialmente en la Constitución Provincial y la Ley N° 12.510- establecen reglas fiscales idóneas en orden a los objetivos previstos en la ley nacional N° 25.917.

 

Santa Fe, 01 de septiembre de 2016

 

Oficina de Prensa Senador Felipe Michlig

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