La ANSES informa que se extiende por 6 meses el plazo para que jubilados y pensionados que obtuvieron un reajuste anticipado en septiembre, octubre y noviembre de 2016 acepten el acuerdo de la Reparación Histórica a través del sitio web del organismo, www.anses.gob.ar/ReparacionHistorica, con la Clave de la Seguridad Social. Luego deberán suscribirlo junto al abogado que los representa con sus respectivas huellas digitales. El nuevo plazo de seis meses empieza a contarse a partir del 1ro de abril de 2017.

Se trata de unas 900.000 personas, quienes recibieron el ajuste en forma automática y cumplían con determinados requisitos de edad, salud o pertenecen a grupos sociales más vulnerables. De ellos, el 44% (396.829) salieron de la jubilación mínima.

La información fue publicada hoy en el Boletín Oficial y aclara que aquellas personas que tenían tiempo hasta el 31 de marzo para suscribir la propuesta, ahora podrán hacerlo hasta el 30 de septiembre.

Se recuerda que en el caso de quienes no habían iniciado juicio, los honorarios de los abogados que representan a los jubilados y pensionados los abona la ANSES. Los letrados pueden ser propuestos por el interesado o elegidos del listado de abogados disponible en www.anses.gob.ar, sección Reparación Histórica.

 

Reparación para más de 2 millones de jubilados

La Reparación Histórica, propuesta por el Gobierno Nacional para mejorar los haberes de los jubilados y pensionados, alcanzará a 2 millones de personas. De ese total, 1.302.698 ya tienen una oferta de reajuste en la web.

Ya aceptaron el acuerdo vía web, ingresando a Mi ANSES con la Clave de la Seguridad Social, 544.311 jubilados. De ese total, 200.000 y sus abogados lo suscribieron con su huella digital en la cadena de Bancos habilitados o en las oficinas del organismo. Luego estos expedientes electrónicos pasan a la justicia para su homologación judicial.

El aumento promedio de las jubilaciones, gracias a la Reparación Histórica, es de 24,9%, pasando en promedio de $9.412 a $11.756. Este aumento ya lo están percibiendo casi un millón de jubilados, pese a no haber concluido el trámite de homologación, ya que se empezó a abonar en forma anticipada.

 

Pasos para suscribir el acuerdo

Aceptación jubilados

1. En www.anses.gob.ar, sección Mi ANSES, con la Clave de la Seguridad Social, el jubilado deberá confirmar o modificar sus datos personales. Luego, podrá visualizar el monto de su haber con reajuste y deberá aceptar la propuesta para continuar con el proceso.

2. Una vez aceptado el acuerdo, el sistema le permitirá cargar el CUIL/CUIT del abogado patrocinante. Aquellos jubilados y pensionados que no hayan iniciado juicio contarán con asesoría gratuita.

Aceptación abogados

3. El abogado deberá aceptar el patrocinio del jubilado a través de Mi ANSES con su Clave de la Seguridad Social y cargar los datos de su CBU para que la ANSES pueda realizar el pago de sus honorarios una vez homologado el acuerdo.

4. Luego, el representante legal aceptará la propuesta.

5. Posteriormente, el sistema le permitirá al abogado solicitar un turno para realizar la suscripción en las oficinas de la ANSES o concurrir a cualquiera de las terminales habilitadas en entidades bancarias, sin turno previo.

Suscripción

6. El abogado y el jubilado suscribirán juntos la propuesta mediante huella digital en las terminales situadas en los bancos (sin turno) o en las oficinas de la ANSES (con turno). En los casos en que el titular se encuentre imposibilitado de concurrir a registrar su huella y suscribir personalmente el acuerdo, podrán suscribirlo en el lugar donde se encuentren en presencia de un escribano que certifique su firma (para luego ser presentada en la oficina por parte del abogado, quien firmará en presencia del funcionario de ANSES), de acuerdo a la normativa vigente.

Homologación

7. Una vez suscripto el acuerdo, la ANSES lo enviará electrónicamente al Poder Judicial para su homologación.

Liquidación

8. Cuando la ANSES reciba la notificación de la homologación del acuerdo por parte del juzgado realizará la liquidación, la cual podrá visualizarse en el recibo de cobro.

a. Personas sin juicio: el nuevo haber reajustado se liquidará una vez homologado por el Poder Judicial y se abonará un retroactivo desde el momento de la suscripción del acuerdo.

b. Personas con juicio iniciado sin sentencia firme: el haber reajustado se liquidará una vez homologado el acuerdo y se abonará el 50% del retroactivo; el 50% restante se abonará en cuotas trimestrales (iguales, consecutivas y actualizadas según Índice de Movilidad) durante 3 años. Esta diferencia se liquidará desde los 2 años previos en que la ANSES se notifica de la demanda judicial y con un tope de 4 años de retroactividad a la fecha de aceptación de la propuesta.

c. Personas con juicio iniciado con sentencia firme: el haber reajustado se liquidará una vez homologado el acuerdo y se abonará el 50% del retroactivo; el 50% restante se abonará en cuotas trimestrales (iguales, consecutivas y actualizadas según Índice de Movilidad) durante 3 años, abonándose un retroactivo desde los 2 años previos en que la ANSES se notifica de la demanda judicial

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