El gobernador Omar Perotti firmó este lunes el decreto Nº 267 adhiriendo la provincia de Santa Fe al decreto nacional N.º96 por el cual se prohíbe la adquisición y uso de artículos y de artificios de pirotecnia, de estruendo o sonoros en los eventos y espectáculos que se organicen por parte del sector público provincial.
Marcos Castelló remarcó que es un tema “que venimos trabajando desde el Concejo Municipal cuando sancionamos “pirotecnia cero” en la ciudad. Surgió producto de distintos encuentros con familiares de niños con autismo quienes lo padecen duramente. Además, los proteccionistas nos explicaron lo que les sucede a los animales. Por eso consideramos que existe un cambio de paradigma que se dará con el tiempo y debemos agiornarnos, entendiendo que debemos gobernar para todos. Ese es el compromiso que asumimos con el gobernador Perotti”.
La medida se funda en el artículo 41 de la Constitución Nacional, en cuanto establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las generaciones futuras.
Desde hace varios años el ruido se ha convertido en una de las principales preocupaciones de la vida diaria en virtud de las consecuencias negativas que la exposición a ciertos niveles puede ocasionar tanto en el ambiente como en la salud de la población y la fauna. En este sentido, la Organización Mundial de la Salud (OMS) especificó que más del 5% de la población mundial padece pérdida de audición discapacitante, estimándose que la mitad de los casos podrían evitarse si se adoptan los mecanismos necesarios y adecuados a las condiciones sociales de cada población.
Por su parte, el gobierno provincial considera importante desempeñar su función promulgando y aplicando legislación rigurosa sobre el ruido derivado de actividades recreativas que afectan la vida de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA). Asimismo, insta a todos los poderes del Estado provincial, a los Municipios y a las Comunas que no hayan adoptado aun disposiciones de similar tenor.
Por último, cabe señalar que quedan excluidos de dicha prohibición aquellos artificios pirotécnicos o explosivos utilizados para emitir señales de auxilio o emergencia, aquellos que sean de uso de la Policía de la Provincia o en acciones de defensa y protección civil.