La Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia de Santa Fe detalló los plazos vigentes para la presentación de las deducciones y desgravaciones del Impuesto a las Ganancias años 2019 y 2020 a través del formulario 572 web.
La resolución N° 4686 de AFIP dispone el cierre del ejercicio 2019 el 30 de abril, para la presentación de deducciones y desgravaciones a través del formulario N° 572 web.
Las presentaciones que se realicen hasta esa fecha serán consideradas en la liquidación final que se debe realizar hasta el 29 de mayo, procediéndose a retener o devolver el resultado final a partir de la percepción de los haberes del mes de mayo y sucesivos.
En tanto, en el presente ejercicio, 2020, y a los fines de acceder a la computación de la deducción específica consistente en 6 haberes mínimos nacionales, que le corresponde a quienes perciben haberes previsionales y no tienen otro tipo de ingreso o abonan impuesto a los bienes personales, deben completar mensualmente y a través del formulario 572 web el punto 5, colocando el período que corresponde, por ejemplo, el mes de mayo se debe consignar enero a mayo.
El formulario se debe presentar a través de la pagina de AFIP, antes del día 18 de cada mes.
Es muy importante presentar el formulario antes citado para el caso de estar en condiciones de acceder a dicho beneficio, ya que caso contrario la determinación del impuesto se realiza sobre el mínimo no imponible general lo que implica una mayor retención.
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