A causa de la complicada situación macroeconómica
Media Sanción para que Municipios y Comunas puedan afectar hasta el 50% del Fondo de obras menores para gastos corrientes, durante el año 2017.
El senador Provincial Felipe Michlig manifestó su satisfacción por la ½ sanción del proyecto aprobado -en el día de la fecha- en la Cámara de Senadores (con la firma de todos sus pares), por el cual se faculta a los Municipios y Comunas de la Provincia, en forma excepcional para el año 2017, a afectar hasta el 50 % del destino de los ingresos provenientes del fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamientos y rodados (Ley Nº 12.385), para ser aplicado a gastos corrientes.
La iniciativa impulsada por el senador Felipe Michlig (Pte. bloque FPCyS), y sus pares, Rubén Pirola y Alcides Calvo (Bloque PJ) fue votado por unanimidad, destacándose en parte de su texto que “se faculte afectar -en forma excepcional y por única vez- hasta el cincuenta por ciento (50%) del destino de los ingresos provenientes del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados (Fondo de Obras Menores)”, según Ley Provincial Nº 12.385, para ser aplicado a gastos corrientes de los Municipios y Comunas de toda la Provincia de Santa Fe, durante el año 2017”.
Resolución de distintas contingencias financieras
Felipe Michlig explicó en el recinto que “al igual que en los años 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, 2015 y 2016 los municipios y comunas beneficiados por esta norma, podrán afectar un determinado porcentaje de los fondos asignados para la atención de gastos corrientes, siendo que se pasó progresivamente de un 50% a un 25%, según el año. En este año propusimos seguir en un 50% atento a los arrastres desfavorables de las contingencias climáticas, la merma en la coparticipación – $1200 millones por debajo de lo presupuestado para el presente ejercicio- y las fluctuaciones macroeconómicasen general, que provocan en algunos casos desequilibrios financieros a causa de esos factores externos.
“Este mecanismo demostró eficiencia en mérito a que resolvió problemas financieros de los municipios y comunas, y permite a los gobiernos locales mayor previsibilidad de fondos con destinos específicos y -en este caso- aplicar un porcentual hasta el 50%, en caso que lo consideren necesario, a gastos corrientes, para resolver distintas contingencias, o gastos extraordinarios como por ejemplo el pago del ½ aguinaldo en esta parte del año, siempre con la carga de la debida rendición de cuentas de acuerdo a la normativas legales vigentes”, sostuvo el legislador.
Disposiciones complementarias
También el texto aprobado en la Cámara alta hace mención en su Artículo 2º que “Los municipios y comunas que han adherido al Programa Equipar Santa fe, creado por Ley 13.566 y afectaron los recursos del ejercicio 2017 correspondientes a los fondos de la Ley 12.385 para garantizar el cumplimiento del compromiso financiero (sic), deberán deducir dichos fondos y afectar, en forma excepcional, hasta el cincuenta por ciento del remanente de los ingresos correspondientes de la Ley 12.385 para el ejercicio 2017, para ser aplicados a gastos corrientes.
Por su parte se indica en el Artículo 3 que “Se faculta al Poder Ejecutivo, a partir de la fecha de promulgación de la presente y hasta su instrumentación, a otorgar a los municipios y comunas que lo soliciten en concepto de anticipo a cuenta hasta el monto total del importe correspondiente conforme la aplicación de los artículos 1 y 2 de la presente con el objeto exclusivo de atender erogaciones vinculadas con el pago de haberes y sueldo anual complementario. Los municipios y comunas garantizarán el reintegro del anticipo con el importe que afecten para gastos corrientes en el marco de la presente”.