ANSES informa que, junto con los consulados argentinos, se desarrolló un aplicativo de acreditación electrónica para transmitir, de manera inmediata al organismo previsional, la fe de vida de los jubilados y pensionados que cobran sus haberes en el exterior a través de un banco apoderado.

Dicho documento, que acredita la supervivencia, debe ser presentado dos veces al año, en los meses de enero/febrero y julio/agosto, para evitar que el pago del beneficio sea retenido por el banco pagador.

Para realizar el trámite, los residentes en el exterior tienen dos opciones:

• Forma presencial: deben dirigirse al Consulado argentino para acreditar personalmente su fe de vida.

• Forma postal: deben remitir al Consulado argentino el certificado de fe de vida expedido por autoridad local.

El consulado emite una constancia de supervivencia que transmite a la ANSES a través del aplicativo desarrollado, evitando así demoras y costos de envío de los certificados por parte de los jubilados y pensionados.

Asimismo, aquellos que cuenten con un apoderado físico en la Argentina o un banco sin apoderamiento en el exterior deben continuar presentando el certificado de supervivencia de la misma forma en que venían haciéndolo hasta el presente.

La acreditación electrónica de la fe de vida emitida en los consulados argentinos con este nuevo sistema exime a los jubilados y pensionados de la presentación del certificado ante la ANSES y agente pagador con giro al exterior, no así, a los agentes pagadores en la Argentina.

 

Bancos apoderados de cobro en el exterior con convenio con la ANSES

• Banco de la Nación Argentina – Entidad 011-065

• Banco de la Ciudad de Buenos Aires – Entidad 029-099

• Banco Comafi – Entidad 299-001

• Banco Credicoop – Entidad 191-032

• Banco Itaú – Entidad 259-050

• Banco Patagonia – Entidad 034-059

• Banco Piano – Entidad 301-006

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